Alquilar mi embarcación legalmente

por | Jul 13, 2017

Alquilar mi embarcación legalmente

Hoy en día, tener un barco supone un placer incomparable pero numerosos gastos.
Les estudios revelan que un particular solo usa unos días al año su barco.
La solución que nos pasa por la mente para rentabilizar eso gastos y seguir teniendo un barco es alquilarlo unos días o unas semanas al año.

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¿Puedo alquilar mi barco siendo un particular?

La legislación española correspondiente al arrendamiento de embarcaciones de barcos con bandera española es bien conocida pero a menudo mal interpretada.

Este articulo explicará los pasos necesarios para alquilar su barco de forma legal y segura a través de nuestro portal SamBoat.

Al ser usted un particular, dispone de un barco matriculado en lista 7ª. Las embarcaciones registradas bajo esta matricula pueden ser usadas exclusivamente para la práctica del deporte sin propósito lucrativo o la pesca no profesional.

Para rentabilizar sus gastos y ganar dinero alquilando su barco a través de nuestro portal tiene que cambiar de matrícula y pasarse a lista 6ª.
La lista 6ª define las embarcaciones deportivas o de recreo que se exploten con fines lucrativos.

¿Cuáles son los pasos para cambiar de lista?

No se preocupe, los trámites en poco tiempo están hechos, los gastos que conllevan podrán ser rentabilizados rápidamente con solo un par de alquileres y podrá seguir usando su embarcación para un uso particular cuándo le apetezca.

Atención: podrá usar su barco para un uso particular en lista 6ª si tiene pagado el impuesto de matriculación.

Lo primero que tiene que hacer es verificar que su seguro puede cubrirle para su actividad de alquiler. Si no es el caso, tendrá que contratar uno nuevo.

Los trámites de cambio de lista requieren una nueva ITB (Inspección Técnica de Barcos) ADICIONAL por cambio de lista, las tarifas dependen de la empresa que solicita y de la eslora del barco.

En la capitanía de su puerto podrá solicitar el formulario de cambio de matrícula de lista 7ª a 6ª.

También tendrá que darse de alta en la Agencia Tributaria mediante el modelo 036 en el Impuesto de Actividades Económicas y, en concreto, en el apartado de alquiler de embarcaciones de recreo (epígrafe 855.2).

Para presentar los documentos en capitanía tendrá que liquidar la tasa 790-025 cuyo importe es de 18,33 euros.

Tras haber entregado los documentos en capitanía solo le queda por esperar la entrega de la nueva matricula en lista 6ª. Asegúrese que su barco esté armado con el equipamiento de seguridad correspondiente a la categoría de navegación y podrá empezar a alquilar su barco con nosotros con toda seguridad y rentabilizar sus gastos.

Fiscalmente, simplemente tendrá que declarar el IVA cada trimestre y las retenciones a cuenta del IRPF. Anualmente tendrá que presentar el resumen de IVA.

Si necesita ayuda para completar el modelo 036 o para otro trámite no dude en contactar con nosotros.

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Particularidades: Islas Baleares y Comunidad Valenciana

En la comunidad de las Islas Baleares, para poder ejercer una actividad de arrendamiento,tiene que presentar el formulario de Declaración responsable para el alquiler de embarcaciones de recreo a la Dirección General de Puertos y Aeropuertos (Tramitar). Para obtenerla tendrá que pagar la tasa correspondiente. A partir del 1er enero 2017 esta declaración será válida 2 años. Sin embargo, toda declaración previa a esa fecha será válida solamente durante 1 año.

Las tasas correspondientes (actualizadas en 2016) son :

Para un barco con una eslora < 10 m la tasa es de 45.23 €

Para un barco con una eslora entre 10 y 15 m es de 90.53 €

Para un barco con una eslora > 15 m la tasa es de 135.76 €

La Comunidad Valenciana también requiere este trámite. Puede solicitar el formulario dándole clic al enlace siguiente (Tramitar).

Las tasas correspondientes (actualizadas en 2016) son :

Para un barco con una eslora < a 10 m la tasa es de 40.80 €

Para un barco con una eslora entre 10 y 15 m es de 81.61 €

Para un barco una eslora > a 15 m es de 122.41 €

Esta declaración le autoriza alquilar sur barco para un periodo de 1 año.

A partir de ahí, ya puede registrar su barco en nuestra plataforma para rentabilizar su embarcación. Le garantizamos acompañarle en todos vuestros trámites y en todas las reservas que recibirá a través de nosotros.

Tambíen puedes echar un vistazo al blog de Vision Náutica, encontrarás consejos de aficionados del mar : últimas noticias, consejos, relatos de experiencias …

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